Estados Unidos exigirá nueva declaración obligatoria de salud a viajeros y pasajeros en tránsito

Las regulaciones sanitarias para ingresar a territorio estadounidense experimentarán cambios determinantes. A partir del próximo 3 de noviembre de 2026, los viajeros dominicanos y de cualquier otra nacionalidad que pretendan abordar un vuelo comercial con destino o escala en los Estados Unidos tendrán que completar de manera obligatoria e individual una nueva declaración de salud previo al embarque.
La disposición fue establecida por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) y responde a una estrategia preventiva orientada a robustecer los protocolos de vigilancia epidemiológica internacional frente al virus del Ébola.
Certificación bajo fe de juramento
Bajo esta directiva, cada pasajero deberá declarar legalmente y bajo fe de juramento que no ha permanecido ni ha realizado escalas en la República Democrática del Congo durante los 21 días previos a la fecha prevista del vuelo.
El trámite no quedará al azar: las autoridades han dispuesto que la certificación pueda gestionarse con antelación mediante plataformas digitales autorizadas o a través de un formulario físico en formato PDF. Dicho documento será fiscalizado con rigurosidad por el personal de las aerolíneas antes de autorizar el ingreso a la aeronave.
Alcance universal y consecuencias por incumplimiento
Las compañías aéreas que operan rutas hacia la nación norteamericana han advertido que el cumplimiento de esta norma es estricto e ineludible. La exigencia abarca a:
- Ciudadanos estadounidenses y residentes legales.
- Pasajeros internacionales con visado o exención de visado.
- Menores de edad.
- Viajeros que únicamente realicen conexiones o escalas técnicas en aeropuertos estadounidenses.
La falta de presentación de este comprobante impedirá de forma inmediata el abordaje. Asimismo, las autoridades enfatizaron que esta declaración sanitaria es un filtro adicional y no sustituye los requisitos migratorios habituales, tales como el pasaporte con vigencia reglamentaria, el visado consular correspondiente o el permiso electrónico ESTA.