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Vence el plazo constitucional: Silencio del Poder Ejecutivo sobre la nueva Ley de Juegos de Azar

Publicadolun, 28 sept 2026, 12:56 p. m.
Vence el plazo constitucional: Silencio del Poder Ejecutivo sobre la nueva Ley de Juegos de Azar

El destino de la nueva legislación sobre juegos de azar en la República Dominicana se encuentra en una encrucijada institucional. Luego de que el Senado de la República aprobara de manera definitiva la pieza el pasado 16 de septiembre y la remitiera formalmente al despacho del presidente Luis Abinader el día 18, el Poder Ejecutivo ha guardado silencio, dejando expirar el plazo ordinario de diez días estipulado para su promulgación u observación.

De acuerdo con el artículo 110 de la Constitución dominicana, el mandatario dispone de diez días laborables para validar o devolver una ley sancionada que no haya sido tramitada con declaratoria de urgencia. La Carta Magna prevé expresamente que, ante la inacción del Ejecutivo al vencimiento de dicho término, el texto normativo se considerará promulgado por mandato legal, correspondiendo al presidente de la cámara legislativa de origen proceder con su publicación oficial.

Las transformaciones que trae la normativa

Esta reforma legislativa, que reemplaza un marco legal con casi seis décadas de vigencia desde 1964, introduce rigurosas restricciones comerciales y operativas para el sector. Entre las medidas más destacadas se encuentran:

  • Moratoria de 10 años: Queda prohibida la concesión de licencias para la apertura de nuevos establecimientos de azar por una década, con el fin de organizar el parque existente a través de la futura Dirección General de Juegos de Azar (DGJA), entidad que estará adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda.
  • Excepción turística: Los casinos que operen dentro de hoteles y complejos turísticos estarán exentos de la moratoria, según contempla el artículo 194.
  • Límites de distancia y entorno escolar: Los locales de juego no podrán operar a menos de 500 metros lineales de planteles escolares, colegios, universidades, centros de salud, recintos policiales o militares, iglesias, estancias infantiles y sedes de los poderes del Estado.
  • Separación entre bancas: Se impone una separación mínima de 500 metros entre bancas de apuestas deportivas y agencias hípicas, mientras que entre bancas de lotería la distancia requerida será de al menos 200 metros.

Asimismo, la iniciativa contempla herramientas dirigidas a la salud pública y la transparencia, tales como la obligación de operar exclusivamente en locales cerrados, la exhibición de relojes oficiales visibles y la creación del Registro Nacional de Autoexclusión, diseñado para brindar apoyo y control a los ciudadanos que enfrentan problemas de ludopatía.