Entre el algoritmo y la toga: Expertos debaten en Santo Domingo los límites éticos del «juez robot»

La posibilidad de que una inteligencia artificial asuma la potestad de juzgar y dictar condenas ha dejado de ser una fantasía de ciencia ficción para convertirse en una discusión apremiante en los foros legales del país. En el marco del VI Congreso Internacional sobre Derecho y Justicia, organizado por el Tribunal Constitucional (TC) en Santo Domingo, la comunidad jurídica abordó las implicaciones y fronteras normativas que plantea la automatización de las decisiones judiciales.
La imposibilidad ética y jurídica de la máquina
Durante su intervención magistral, el jurista Luis Greco, catedrático de la Universidad Humboldt de Berlín, planteó con firmeza la inviabilidad jurídica del denominado «juez robot». Aunque reconoció que la tecnología actual hace técnicamente viable el análisis automatizado de datos y la redacción mediante modelos generativos, subrayó que transferir el poder de juzgar a un sistema algorítmico resulta éticamente inaceptable por la carencia de responsabilidad individual.
Greco argumentó que el robot, al carecer de existencia jurídica y moral, no puede rendir cuentas de sus resoluciones ni ponerse frente a quien sufre el impacto de su poder. El especialista advirtió además sobre el riesgo de generar un colapso en los controles institucionales: delegar la redacción de fallos a máquinas provocaría una avalancha de resoluciones tan masiva que sobrepasaría cualquier filtro de supervisión humana real.
El debido proceso como blindaje institucional
El cónclave, celebrado en el Hotel Jaragua de la capital dominicana, reúne a más de 45 expositores de Europa y América para reflexionar en torno al debido proceso penal. En la apertura, el magistrado presidente del Tribunal Constitucional, Napoleón R. Estévez Lavandier, enfatizó que preservar las garantías procesales no equivale a patrocinar la impunidad, sino a tutelar la Constitución y la dignidad intrínseca del ser humano frente al ejercicio del poder público.
Apoyándose en el pensamiento del jurista Luigi Ferrajoli y en el mandato del artículo 69 de la Constitución dominicana, Estévez Lavandier recordó que las prerrogativas procesales son límites infranqueables para cualquier operador de justicia. En la misma línea, el ministro de Justicia, Antoliano Peralta, ponderó estos espacios de debate como herramientas indispensables para evaluar los desafíos contemporáneos del sistema judicial dominicano.